La “guerra” de Barbón contra la burocracia

La agilización de trámites se ha convertido en la forma de legitimar la puesta de la administración pública al servicio de los intereses privados.

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Javier Álvarez Villa
Javier Álvarez Villa
Funcionario del Cuerpo Superior de Administradores del Principado de Asturias. Miembro del Conceyu por Otra Función Pública n´Asturies.

Cuando el Presidente Adrián Barbón afirma solemnemente que su Gobierno ha declarado la guerra a la burocracia se está refiriendo, no cabe duda, a la Administración ineficiente a causa del papeleo, la rigidez y las formalidades superfluas (cuarta acepción de la burocracia conforme al diccionario de la Real Academia Española)

¡Quién no puede estar de acuerdo con un fin tan loable y necesario! Sólo algún funcionario aventado que, cumpliendo a rajatabla la Ley de Parkinson, se dedicara a expandir adrede los trámites administrativos para llenar el tiempo de trabajo, podría defender el fárrago burocrático.

Pero cuando analizamos con detenimiento en qué está consistiendo la guerra antiburocrática de Barbón, qué clase de iniciativas ha adoptado ya y cuáles son las que impulsa, vemos que en este tema no es oro todo lo que reluce.

Hasta ahora, la única ley que el Sr. Presidente ha conseguido sacar adelante con tales fines es la Ley 4/2021, de 1 de diciembre, de Medidas Administrativas Urgentes, en cuyo escueto Preámbulo se alude al objetivo inmediato y urgente de eliminar o reducir trabas administrativas, mejorando la eficiencia y la agilidad de los procedimientos en aras de una eficaz protección de los intereses públicos. Si examinamos con detalle el conjunto de recortes y simplificaciones que se adoptan, observamos que en medio de esa poda procedimental refulgen dos iniciativas novedosas: la gestión privada de las declaraciones responsables y el reblandecimiento de los controles ambientales de los planes urbanísticos y de los proyectos de obras e infraestructuras.

La figura jurídica de la declaración responsable tiene un indudable interés y constituye una medida muy adecuada para agilizar la ejecución de obras menores y otro tipo de actuaciones, así como el reconocimiento de determinadas prestaciones públicas, hasta ahora supeditadas a la obtención de autorizaciones, licencias o resoluciones administrativas que alargan innecesariamente los procedimientos con grave perjuicio de los intereses de los particulares.

Otra cosa bien distinta es que la Ley posibilite que las actividades de comprobación, control e inspección que la Administración del Principado de Asturias deba realizar en relación con esas declaraciones responsables, puedan encomendarse a las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación y a los Colegios Profesionales. De esta manera, el Gobierno de Barbón está propiciando la gestión privada de actuaciones materialmente administrativas, que se pondrá en manos de personal contratado libremente por Organismos que integran al sector empresarial o representan los intereses profesionales de determinados colectivos, en detrimento de la Función Pública profesional, imparcial y seleccionada conforme a principios de igualdad, mérito y capacidad. Dicho de otro modo, con este mecanismo privatizador Barbón no ataca frontalmente al papeleo y a las trabas administrativas superfluas, sino al conjunto de los empleados públicos (segunda acepción de la burocracia en el diccionario de la Real Academia Española), al promover su suplantación por trabajadores elegidos discrecionalmente por Cámaras de Comercio y Colegios Profesionales a los que, eso sí, habrá que pagar convenientemente por esas tareas con transferencias de dinero con cargo al presupuesto.

“Barbón no ataca frontalmente al papeleo y a las trabas administrativas superfluas, sino al conjunto de los empleados públicos”

En cuanto al tijeretazo en los procedimientos de evaluación ambiental de planes urbanísticos y de proyectos de obras e infraestructuras, baste decir que el Gobierno del Estado ha iniciado ya las acciones que puede culminar con el recurso de inconstitucionalidad frente a la Ley de Medidas Administrativas Urgentes, por entender que las simplificaciones medioambientales  que contiene vulneran la Ley  21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, norma básica estatal de obligado cumplimiento para las Comunidades Autónomas. Palabras mayores. En concreto, el Gobierno de Pedro Sánchez considera que la introducción de porcentajes para determinar si un proyecto puede tener o no efectos significativos sobre el medio ambiente o si una modificación de planeamiento puede considerarse como menor, no tiene cabida en el marco de la ley estatal y, por tanto, supone una reducción injustificada del régimen de protección ambiental establecido por la misma.

Adrián Barbón junto a Juan Cofiño, en la Junta General del Principado. Foto: Iván G. Fernández

Tal parece que en materia ambiental el Gobierno del Principado no se quiere dar por enterado del significado del principio de no regresión, normativizado en la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, conforme al cual la normativa y la actividad de las Administraciones Públicas no pueden implicar una rebaja o un retroceso cuantitativo ni cualitativo respecto de los niveles de protección ambiental existentes en cada momento, salvo situaciones plenamente justificadas basadas en razones de interés público, y una vez realizado un juicio de ponderación entre los diferentes bienes jurídicos que pudieran entrar en contradicción con el ambiental.

Pero, además de la ley ya aprobada, el Gobierno de Barbón tiene en tramitación en la Junta General varios proyectos de ley que podrían tener objetivamente una incidencia directa sobre la reducción de la burocracia, en su sentido peyorativo, fundamentalmente, el proyecto de Ley de Empleo Público y el proyecto de Ley de Calidad Ambiental.

Por lo que se refiere al primero, en su desmesurado articulado no se atisba ninguna medida que atenúe el peso del lastre burocrático, ni que contribuya a reducir la hipertrofia de la estructura administrativa. Antes al contrario, el proyecto de ley introduce un nuevo tipo de cargos directivos, los Subdirectores Generales, elegidos a dedo, que además de incrementar artificialmente la plantilla de empleados públicos generando más gasto público innecesario, servirán para engrasar las relaciones clientelares entre los altos funcionarios y los cargos políticos.

En cuanto al proyecto de Ley de Calidad Ambiental, que ha desenterrado el hacha de guerra por parte de la oposición de izquierdas, serían muchos los aspectos que podrían destacarse para evidenciar que lo que en el mismo prima, por encima de cualquier otra consideración, es suprimir o atenuar los controles para facilitar en todo lo posible la puesta en marcha de las actividades económicas. La estrategia es clara: primero se orquesta una potente campaña mediática para denunciar una saturación asfixiante de trámites inútiles que estarían ahogando cualquier iniciativa económica y, después, se articula un instrumento legal que desmantela no solo los trámites innecesarios o redundantes, sino también los imprescindibles para garantizar la adecuada protección del medio ambiente, a la vez que obstaculiza la participación ciudadana en el proceso de toma de decisiones.

Así, el proyecto de ley introduce el concepto de las “instalaciones y actividades estratégicas”, inspirándose en la reforma legislativa impulsada por el gobierno de Moreno Bonilla en Andalucía. Se consideran estratégicas aquellas que el Consejo de Gobierno así declare por tener una relevancia especial en la recuperación económica, social y territorial del Principado de Asturias, por ser generadores de riqueza y empleo, por contribuir a la sostenibilidad ambiental, por estar dirigidas a garantizar la viabilidad de una empresa o sector industrial expuesto a riesgos para su continuidad, o por conllevar una expansión significativa y sostenible del tejido industrial y/o su consolidación. Estas actuaciones estratégicas, definidas de una forma tan amplia y discrecional que cabría prácticamente cualquier cosa bajo ese paraguas , gozarán de preferencia y urgencia en la tramitación de la autorización ambiental integrada, reduciendo  a la mitad los plazos de tramitación previstos en la ley y, por tanto, limitando drásticamente el plazo para formular alegaciones a las ciudadanas y ciudadanos afectados.

Para ser rigurosos, la ley impulsada por el Gobierno del Partido Popular andaluz resulta más precisa y exigente que el proyecto de ley del Gobierno de Barbón en orden a la calificación de una actuación como estratégica porque requiere que, al menos, cumpla el requisito de contribuir a la creación de un mínimo de 50 puestos de trabajo directo equivalentes a tiempo completo y de cómputo anual durante la fase de explotación, así como ofrecer una inversión privada, excluidas las aportaciones y/o ayudas públicas, de, al menos, 25 millones de euros.

Además, el proyecto de ley de Calidad Ambiental introduce la declaración responsable por primera vez en este campo, para aquellas actividades e instalaciones que se consideran de escasa incidencia ambiental, lo que posibilita iniciar su ejercicio sin necesidad de autorización o de otro acto administrativo previo, sustituyendo el control previo por un control posterior. Con este nuevo procedimiento se elimina el trámite, ahora preceptivo, de información pública, que permite a los vecinos y personas interesadas en general presentar alegaciones en relación con la implantación de instalaciones o usos molestos, nocivos, insalubres o peligrosos.

Pero también, como ya hizo la Ley de Medidas Urgentes, abre la puerta a la gestión privada en el ejercicio de las actuaciones de vigilancia, seguimiento, control, medición e informe en materia medioambiental. Desregulación y privatización en la dosis políticamente correcta.

Voy concluyendo. La depuración de trámites administrativos innecesarios, de informes o resoluciones redundantes o de solapamientos competenciales injustificados, es una tarea imprescindible y urgente, por elementales razones de eficiencia en el funcionamiento de la Administración Pública. Ese proceso de racionalización debe enmarcarse dentro de una reforma estructural más amplia, dirigida a transformar un sistema administrativo excesivamente jerarquizado y artrítico, introduciendo mecanismos de democratización y participación ciudadana en la toma de decisiones. Sobre ello nos extenderemos en otro momento.

En ese proceso de reforma procedimental y estructural de la Administración Pública el objetivo de fomentar e impulsar las actividades económicas deberá tener su peso que, no nos cabe duda, ha ser muy relevante. Pero sin que ello suponga transformar a la Administración en una especie de agencia del poder económico, al servicio exclusivo de sus intereses.

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