Una mujer que fue detenida para dar a luz en el HUCA lleva su caso a la ONU

Clementine quería parir en su casa, pero una orden judicial la obligó a ingresar en el hospital por el riesgo para la salud del bebé.

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Bernardo Álvarez
Bernardo Álvarez
Graduado en psicología y ahora periodista entre Asturias y Madrid. Ha publicado artículos en ABC, Atlántica XXII, FronteraD y El Ciervo.

En abril de 2019, una mujer embarazada de 42 semanas que quería dar a luz en su casa fue ingresada por orden judicial en el Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA). Aunque la mujer tenía un “embarazo de bajo riesgo” y había hecho el seguimiento del mismo en la Seguridad Social, el juez decretó su ingreso hospitalario para practicarle un parto inducido. La decisión judicial fue avalada por el subdirector de Servicios Quirúrgicos y Críticos del HUCA, quien sostuvo en su informe que existía un riesgo “riesgo de hipoxia fetal y muerte fetal intrauterina si el parto no se realizase en el hospital”.

Clementine, que así se llama esta mujer francesa que hasta ahora había permanecido en el anonimato, sostiene que en su semana 42 de embarazo acudió al hospital para un control. En el mismo se le recomendó la inducción del parto y, según declaró su abogada a EL PAÍS, “salió con su pareja a dar una vuelta y reflexionar para tomar una decisión (…) se fue a casa porque no pensaba que hubiese ningún riesgo inminente y a las pocas horas estaba la policía para detenerla e ingresarla”.

Desde el Tribunal Superior de Justicia de Asturias sostienen otra versión, según la cual “las visitas quedaron interrumpidas por decisión de la mujer en la semana 35+2 a pesar de la insistencia del hospital en que se retomaran”. Finalmente, Clementine dio a luz en el hospital por una cesárea mientras familiares y activistas de la asociación El Parto es Nuestro se concentraron frente al hospital para protestar contra una decisión judicial que consideraban “arbitraria e injusta”.

Clementine FOTO: Iván G. Fernández

Desde entonces, Clementine ha emprendido una batalla judicial para tratar que se haga justicia con lo que, bajo su punto de vista, “fue un abuso”. Según dice, el no haber podido dar a luz en su casa le ha ocasionado “un trastorno de estrés postraumático y una depresión postparto”. Cuenta también que no era la primera vez que un juzgado tomaba una decisión de estas características, y le constan al menos “otros dos casos parecidos al mío”.

“El parto en casa está permitido, pues la Ley de Autonomía del Paciente dice que puedes elegir dónde y con quién pares”, explica, “y no hay nada escrito que diga que hay circunstancias bajo las que se reduce ese derecho. No se puede definir que según qué riesgos se puede limitar este derecho”.

Hasta la fecha, todos los tribunales nacionales han desestimado su denuncia, desde el Tribunal Superior de Justicia de Asturias hasta el Tribunal Constitucional. “La sentencia del Constitucional”, declara, “dice que la vida del bebé se antepone a cualquier otra decisión de la madre. Eso me parece algo grave pues, como el riesgo cero no existe nunca, basta que un médico te diga que hay un riesgo para que te quiten el derecho a decir. En mi caso, no se respetaron mis derechos y se dijo que era por la vida del bebé, pero tengo pruebas de que la vida de mi bebé no estuvo en peligro en ningún momento”.

Durante el proceso judicial, Clementine y sus abogadas han decidido dividir la causa en dos vías diferenciadas: una denuncia contra la decisión de la jueza (que, según el criterio de Clementine, “no pidió otra opinión médica y se basó en un único informe) y otra contra la actuación del hospital “por violencia obstétrica”. Esta última demanda está en manos de la abogada Marta Busquets y será presentada ante la ONU. Se trata de un proceso costoso, y Clementine está recogiendo fondos para poder afrontar esta demanda.

“Lo que se interpuso fue un procedimiento de protección de los derechos fundamentales”, explica la abogada, “ha pasado ya por dos instancias, que lo rechazaron, y hemos interpuesto un recurso de amparo al Constitucional, que ha admitido los recursos. No existe jurisprudencia nacional sobre estos casos, y por eso es importante que el Constitucional se haya pronunciado sobre esto, aunque lo haya hecho en negativo”.

En opinión de Tusquets, “esto no tendría que haber sucedido así, porque sí hay jurisprudencia internacional en las Naciones Unidas que dice que los Estados deben interpretar estos temas con perspectiva de género y de Derechos Humanos, y donde se dice que este tipo de trato es violencia obstétrica. España debe incorporar esa jurisprudencia internacional, y se ha obviado en este caso”.

Ahora, “esperamos que en los foros internacionales, donde hay más producción normativa que en España, podamos tener una resolución que sirva como marco normativo en el cual nos podamos basar en un futuro”.

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