El Tribunal Superior de Justicia de Asturias le ha dado la razón a los sindicatos CCOO y CSI frente a la empresa de transportes ALSA y a la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial del Principado de Asturias. La empresa y la Consejería pactaron unos servicios mínimos para la huelga convocada por los trabajadores de ALSA el pasado otoño, en la que reclamaban la finalización de los ERTE y la reapertura de las taquillas.
El juzgado considera ahora que los servicios mínimos acordados vulneran el derecho a huelga y no han respetado el principio de no arbitrariedad. Ello se debe a que fue la propia ALSA quien pudo determinar cuáles serían esos servicios.
En el auto del tribunal se lee que de los servicios mínimos pactados se “desprende la falta de motivación y concreción”, y echa en falta “un análisis de los servicios afectados por la huelga dejándose por ello en manos de la empresa la determinación de los servicios mínimos, señalando por la recurrente como ello determinó la fijación por ésta de unos servicios mínimos abusivos”.