El pasado miércoles 26 de abril el Tribunal Superior de Justicia de Asturias falló a favor de CCOO y UGT, sindicatos que habían demandado a ELECNOR, compañía dedicada entre otras actividades al mantenimiento industrial, en relación a las guardias, retenes y descansos que, según el presidente del comité de empresa, José Antonio Fernández de la Fuente, “desde septiembre vienen realizándose de manera injusta y fuera de la ley”. La sentencia podría afectar a todos los trabajadores de ELECNOR que hacen frente a las incidencias y avisos para la reparación de averías, de forma que sean solventadas en el menor tiempo posible y se garantice el suministro eléctrico a la menor brevedad, servicios que en el sector se denomina labores de “primera línea”.
ELECNOR tiene concertado desde hace años con la mercantil E-REDES el mantenimiento de la red de distribución de energía eléctrica en Asturias. Dentro de este cometido, ELECNOR venía atendiendo el servicio de avisos de averías eléctricas denominado “segunda línea”, cuyo objeto es reparar las averías de mayor calado producidas en cualquier punto de la red eléctrica, tales como caídas de cables o postes, o cambio de transformadores, “algo que suponía dos o tres servicios a la semana como máximo”, según afirma José Antonio Fernández de la Fuente.
A partir de septiembre de 2022 E-REDES externalizó también el servicio de avisos de averías eléctricas denominado “primera línea”, que supone la reparación de aquellas averías de menor entidad y cuyo número semanal, denuncian desde CCOO, puede ascender a “cuarenta o cincuenta”.

Ante el incremento “más que notable” del volumen de trabajo, desde este sindicato afirman que se intentó llegar a un acuerdo con la empresa para cubrir a turnos este nuevo servicio, pero no obtuvieron respuesta. Al contrario, según José Antonio Fernández de la Fuente, desde septiembre los trabajadores se han venido enfrentado a su jornada laboral ordinaria además de las guardias, por lo que “al final el trabajador empieza a las siete y media de la mañana y no termina, a lo mejor hasta la una o las dos de la madrugada, sin tiempo para comer ni para dormir.”
No obstante, entre los hechos probados que recoge la sentencia se afirma que “cuando la prestación del servicio concluye después de las 23 horas, al día siguiente el trabajador descansa y se incorpora de nuevo a la guardia a las 15 horas.” Para CCOO esta es la parte que no se ajusta a la realidad: “El propio tribunal considera probado que no había un registro laboral, algo que está fuera de la ley”, por lo tanto, “el truco está en que te mandan muchos avisos antes de las once la noche, pero nadie sabe a qué hora se va a terminar, y de hecho como contraprestación los trabajadores perciben una remuneración fija con independencia del número de averías atendidas y del tiempo invertido en cada reparación.”

Otra de las denuncias de los sindicatos contra ELECNOR es la falta de información sobre el nuevo servicio incorporado en septiembre pasado. La sentencia considera probado que la empresa sí informó de que el servicio de avisos y reparaciones de primera línea sería atendido por el sistema de guardias, pero no sobre el tiempo de respuesta a los avisos, el número de horas extras realizadas por cada trabajador, la forma de atender el descanso interjornada o el descanso semanal.
Los cuatro puntos de la sentencia
La sentencia del TSJA, a la que ha tenido acceso NORTES, establece en primer lugar que el comité de empresa debe disponer de la información relativa a las condiciones de trabajo en las que se presta el servicio de guardia o retén, así como la forma de compensación de descansos y el cómputo de las horas trabajadas. En segundo lugar el tribunal declara el derecho de los trabajadores de ELECNOR a renunciar a las labores de primera línea. Si bien el tribunal acredita que el servicio de primera línea ha sido voluntario, desde CCOO hablan de “presiones” para aceptar este tipo de labores. En cualquier caso, la sentencia deja claro que los trabajadores podrán dejar de trabajar en este servicio si así lo desean.
En tercer lugar, el TSJA sentencia que las guardias de primera línea tendrán distinta consideración según las estaciones del año. De esta forma, son consideradas horas extraordinarias aquellas trabajadas durante los meses que no se corresponda con el invierno, época en la que debido a la meteorología hay más incidencias.
Finalmente, la sentencia declara el derecho de la plantilla que presta servicios en retén de averías de primera línea, a disfrutar del descanso semanal que no haya podido disfrutar durante la semana que estén de guardia, algo que ha venido siendo uno de las denuncias más insistentes de los sindicatos durante los pasados meses.
Conflictos anteriores con la empresa
Los conflictos entre los trabajadores y ELECNOR no son nuevos. En 2019 los sindicatos de la empresa organizaron una huelga por “temas de guardias y dietas” que finalmente pudieron resolverse tras una negociación.
En enero de 2022, la empresa fue condenada a pagar el plus de peligrosidad para los trabajadores que realizan labores en alta tensión y que según CCOO “va en la senda de avanzar en derechos frente a los continuos intentos de precarizar laboralmente a un colectivo de trabajadores que son absolutamente estratégicos y que se ven sometidos a situaciones laborales inadmisibles por las empresas en las que prestan servicios”. José Antonio Fernández de la Fuente afirma que la sentencia sobre el plus de peligrosidad “fue un hito” que “costó muchos años que se reconociera” De hecho, “Asturias fue la primera comunidad autónoma donde se reconoció este derecho en el sector.”
Por otra parte, CCOO denuncia presiones a los representantes sindicales: “No nos forman, nos arrinconan, nos dan los peores trabajos donde no podemos prosperar”. Por ello, y a pesar del triunfo que supone la sentencia de esta semana para ellos, desde CCOO desconfían de la aplicación que a partir ella vaya a hacer la compañía. “En realidad la sentencia dice lo que ya está en la ley, y la ley se la están saltando. No sabemos qué va a hacer ahora la empresa”.
NORTES se ha puesto en contacto con ELECNOR para obtener su valoración de la sentencia y contrastar las declaraciones de los sindicatos recogidas en este artículo, pero no ha habido respuesta por parte de la compañía.