Raza, clase y presunción de inocencia

De cómo se absuelve a funcionarios del ayuntamiento de Oviedo y de cómo se condena a un chaval de La Tenderina

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Eduardo Romero
Eduardo Romero
Es activista y escritor, co-fundador del colectivo y local Cambalache de Oviedo/Uviéu. Entre sus libros "En Mar Abierto" (2016) y "Autobiografía de Manuel Martínez" (2019).

El caso Marea fue una famosa causa judicial en la que se destapó una red de amaño de contratos a cambio de regalos. Las implicadas eran las empresas IGRAFO y Almacenes Pumarín, por un lado, y cargos políticos y funcionarios de la Consejería de Educación del gobierno asturiano, por otro. Los principales acusados fueron condenados a penas que oscilan entre los dos y los nueve años de prisión. María Paz Rodríguez Pendás, directora de deportes del Ayuntamiento de Oviedo, y los coordinadores de deportes del mismo ayuntamiento, José Ramón Villa Cantero e Isaac Ovies García, también fueron juzgados en esta causa. Estos tres funcionarios, que permanecen en sus puestos a día de hoy, nada tenían que ver con la Consejería que fue centro de la investigación, pero un informe de la Agencia Tributaria del año 2012 sobre la empresa Almacenes Pumarín provocó que fueran llamados a declarar como acusados.

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“Ponte la puta mascarilla”, le gritaron al chaval que estaba echando un partido de fútbol con sus colegas en el parque de Ventanielles.

“Estamos jugando”, respondió.

“Ponte la mascarilla, puto negro”.

“Vete a tomar por el culo, déjame en paz, calvo de mierda”.

Unos días después de aquello, la policía se presentó en el parque. “Nos hicieron apoyar las manos en una barandilla para registrarnos. Al grupo de los pijos, de los blancos, que son los verdaderos porretas y que estaban allí al lado, los policías ni les miraron”.

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En la sentencia de más de mil folios dictada por la Audiencia Provincial de Oviedo se establece como hecho probado que diversas tarjetas regalo de El Corte Inglés adquiridas por Almacenes Pumarín llegaron a manos de los mencionados funcionarios del ayuntamiento ovetense y estos las gastaron en el citado centro comercial. Concretamente, por valor de tres mil euros en el caso de Paz Pendás, de tres mil trescientos euros en el de José Villa y de nueve mil cien euros en el de Isaac Ovies.

Los entonces acusados Ovies y Villa declararon que compraron dichas tarjetas regalo a un amigo suyo ya fallecido, Miguel Cuesta, por entonces comercial de Almacenes Pumarín, puesto que éste se las ofrecía en condiciones ventajosas. Pendás afirmó que no había conocido a este comercial, pero que compró las tarjetas a través de la intermediación de Ovies y Villa. Por lo demás, los tres negaron durante el juicio que tuvieran capacidad de contratación en el Ayuntamiento o que mantuvieran relación alguna, del tipo que fuera, con Almacenes Pumarín.

Sin embargo, la sentencia da por probado, “más allá de toda duda razonable”, que al menos en dos de las ocasiones las tarjetas regalo no fueron compradas al citado comercial. En el primer caso, el 18 de diciembre de 2008, Almacenes Pumarín pagó a Hipercor un lote de cuarenta tarjetas regalo por valor de trescientos euros cada una. Estas tarjetas, de un importe total de doce mil euros, fueron entregadas al funcionario José Villa Cantero. Así consta en una anotación en la factura: “Entregado al Sr. Villa (18-12-08)”. De ellas, al menos nueve fueron gastadas por el propio Villa, cinco por Isaac Ovies y seis por Paz Pendás.

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“Tal y como están las cosas, organizar un torneo en el parque es demasiado cantoso”. Los chavales crean un grupo de guasap y quedan en el campo de Matalablima para disputar los partidos. Serán cinco equipos y jugarán simultáneamente dos partidos a lo ancho del campo. Para entrar en la instalación municipal, tan solo hay que saltar un pequeño muro.

FOTO: Iván G. Fernández

Pronto, alguien da el chivatazo a la policía. Se presentan un par de coches de la local. Algunos jóvenes salen corriendo, saltan el muro y se piran. Otros no se dan tanta prisa, al fin y al cabo los policías solo les están pidiendo que se marchen. Entran al vestuario a cambiarse de ropa, salen caminando tranquilamente, salvan el muro y también se van.

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En el año 2010, hay otro lote de tarjetas regalo del Corte Inglés que se entregan en la Sección de Deportes del Ayuntamiento de Oviedo, aunque en este caso no figura el nombre de la persona o personas a las que iba dirigido. En la factura que el Corte Inglés emite a Almacenes Pumarín, hay una nota manuscrita: “Son 6 tarjetas de 500 euros coste. Se meten como siempre. Ayto Oviedo (6043). Sección Deportes. Se mete con el margen de siempre. Un saludo”. A continuación, una firma ilegible que empieza con la letra “K” y la frase “ROMPER ALBARÁN”. De este lote, Isaac Ovies gastó dos tarjetas en el Corte Inglés. No sabemos quién usó las demás porque solo queda rastro de aquellas transacciones en las que se ha utilizado la tarjeta de crédito personal para completar la compra, debido a que ésta sea mayor que el monto de la tarjeta regalo.

En ese mismo año 2010, hay otra serie de lotes de tarjetas regalo comprados por Almacenes Pumarín a Hipercor y a El Corte Inglés. Aunque quedó acreditado que algunas de esas tarjetas fueron gastadas por Villa, Pendás y Ovies, no se encontró rastro de cómo llegaron a sus manos.

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En Oviedo, hay otros chavales que no necesitan saltar muros para jugar al fútbol. Yo mismo, por ejemplo, nunca lo necesité. Pasé catorce años en uno de los numerosos colegios de pago de la ciudad. Allí teníamos dos pistas de tenis, un polideportivo, varias pistas de fútbol sala, un frontón, dos canchas de baloncesto, una de voleibol, otra de hockey y un campo de fútbol rodeado por una pista de atletismo. Tampoco necesitan saltar muros los socios y socias del Centro Asturiano, club de cuya directiva provienen el alcalde y la concejala de deportes del Ayuntamiento, y que dispone de amplias instalaciones deportivas para sus socios en el monte Naranco, a un paso de la ciudad.

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Respecto a la afirmación de los entonces acusados de que no tenían capacidad de influencia en la contratación, la sentencia da por probado que “estos tres acusados, contrariamente a lo que ellos refieren, sí tenían intervención en la contratación municipal”. La sentencia, de hecho, recoge seis páginas de “elementos probatorios” que vienen a confirmar -a través de conversaciones telefónicas del responsable de IGRAFO, la otra empresa implicada en la trama, y de anotaciones intervenidas en el domicilio de este empresario-, que Paz Pendás tenía influencia en las contrataciones. Para hacerse una idea de la índole de las conversaciones grabadas al empresario, una pequeña muestra: “luego ya veremos como lo disfrazamos, hablaré con Paz a ver si consiguió el dinero”. Respecto a Isaac Ovies y Jose Villa, “la documental incautada en el registro de la entidad Almacenes Pumarín revela que eran personas conocidas para esta entidad, en la que eran catalogados como “compras deportes”.” Además, la sentencia recoge como probado que Villa y Ovies recibieron cestas de Navidad de Almacenes Pumarín en los años 2008, 2009 y 2010. Y que no lo hicieron, “como han tratado de persuadirnos en el plenario”, a través del citado comercial amigo suyo.

Campo de fútbol de Matalablima FOTO: Iván G. Fernández

La sentencia llega a señalar que “no puede descartarse además que aquí se reprodujera la práctica advertida en otros acusados según la cual las tarjetas se cargaran a una sobrefacturación emitida por Almacenes Pumarín al Ayuntamiento (…), lo que sería acorde con la alusión que se hace en la segunda de las facturas comentadas a que “Se meten como siempre. Ayto de Oviedo (6043). Sección Deportes. Se mete con el margen de siempre (…)”. Sin embargo, el tribunal carece de “elementos de juicio para establecer dicha hipótesis como probada.”

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Algunos chicos despistados tienen que regresar pasado un rato. Para entonces, quizás ya se ha presentado en las instalaciones un funcionario del Ayuntamiento de Oviedo, un tal José Villa Cantero. Puede que para entonces haya expresado su intención de poner una denuncia por unos supuestos desperfectos en las instalaciones. El caso es que a un chaval que vuelve a recoger su bici olvidada, o a otro que se ha dejado la mochila, los policías los identifican. Un chico que se había ido con su pandilla se da cuenta de que no puede pagar las chuches que ha pedido en el kiosco porque, al echar mano a la cartera, descubre que no la tiene. Vuelve al campo con un amigo. Ya no están los policías, tampoco la cartera. Así que acaba yendo con su colega a la comisaría de la local, que está a menos de cinco minutos del campo. Allí tienen la cartera y se la devuelven, y de paso le comunican que lo han identificado.

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La sentencia del caso Marea absuelve a Paz Pendás, José Villa e Isaac Ovies del delito de cohecho impropio del que habían sido acusados. Veamos cómo opera el principio de presunción de inocencia en algunos pasajes de la sentencia (las cursivas son nuestras):

– en primer lugar, y aunque se da por probado que José Villa recibió las mencionadas tarjetas regalo en el año 2008 y que los tres funcionarios gastaron al menos una parte de esas tarjetas, la sentencia deja abierta la posibilidad de que Pendás y Ovies se las compraran a Villa: “Ciertamente, el papel que los acusados desempeñaban en la contratación municipal es compatible con que las tarjetas fueran para los tres aunque se entregaran a Villa. Pero, por vehemente que sea esa sospecha, no es posible elevarla a la categoría de certeza al no poder descartarse la alternativa que hemos enunciado.”

– en segundo lugar, respecto al lote de tarjetas recibidas en 2010 en la Sección de Deportes del Ayuntamiento de Oviedo, y que dieron lugar a la emisión de la factura con la anotación “(…) Se mete con el margen de siempre”, la sentencia concluye que Almacenes Pumarín “las entregó en la Sección de Deportes del Ayuntamiento de Oviedo con destino a uno o varios de quienes allí prestaran servicios en consideración al cargo desempeñado y sin pagar precio alguno o pagando un precio inferior a su valor. No obstante, el hecho de que dos de ellas las usara Isaac Ovies no es suficiente para concluir que el destinatario de las tarjetas era él, pues ante la indeterminación de la factura cabría que las tarjetas fueran destinadas a alguno de los otros dos acusados o un tercero de esa Sección, que sería quien habría vendido a Ovies las dos tarjetas de ese lote que consta que utilizó.”

Más adelante, los magistrados continúan aplicando el principio de presunción de inocencia: “Por lo que respecta a las tarjetas derivadas de las otras dos facturas a que se hace mención en las que no aparecen anotaciones, podemos establecer un juicio de probabilidad en cuanto a que estemos ante nuevas dádivas de Almacenes Pumarín y que incluso sus destinatarios fueran los tres acusados, pero a falta de aquéllas anotaciones no es posible excluir que estas sí se las compraran a Cuesta. Y en cualquier caso, de entenderse que se trata de dádivas provenientes de Almacenes Pumarín, seguiríamos encontrándonos  con el problema de identificar indubitadamente al destinatario de la dádiva”.

En definitiva, la sentencia dictada por la sección tercera de la Audiencia Provincial de Oviedo absuelve a Paz Pendás e Isaac Ovies y considera probado que el acusado José Villa Cantero recibió el 18 de diciembre de 2008 un lote de tarjetas asociado a una factura en la que se le nombraba expresamente, “tratándose de un regalo efectuado en consideración al cargo o función que desempeñaba”. Por ello, el tribunal considera que Villa cometió un delito de cohecho impropio. Dado que dicho delito tenía un plazo de prescripción de tres años y el informe de la AEAT que dio lugar a su imputación no se emitió hasta tres años y medio después de cometido el hecho delictivo, la sentencia establece también la libre absolución de Villa Cantero.

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Pasan unos meses y al chico de la cartera perdida le llega una citación judicial. En ella aparece el nombre de otros cuatro chavales. Son los que regresaron al campo en busca de los objetos olvidados. Todos -menos él- son menores. Trece, catorce, dieciséis, diecisiete años. Él tiene dieciocho, y por eso se va a celebrar un juicio penal en el que es el único acusado. Por romper la cerradura de una puerta.

Foto cedida

En el juicio no se presentan los policías. Solo el funcionario del ayuntamiento, que declara que los daños fueron provocados ese día sin ningún género de dudas, ya que se informa diariamente de los desperfectos en las instalaciones. Lo cierto es que no aporta ningún informe concreto, y ya hemos comprobado que este señor no siempre dice la verdad. Los chavales, de hecho, afirman que esas puertas han estado así desde hace mucho tiempo. Téngase en cuenta que varios de ellos juegan en equipos federados que usan esos mismos vestuarios varias veces a la semana.

El chico al que han acusado cuenta la historia, su verdad, sin ocultar nada. El torneo que organizaron, el salto del muro, la llegada de la policía, la desbandada de los chavales, la cartera olvidada.

La puerta, en el caso de que realmente la hubiera roto alguien ese día, podría haberlo sido en cualquier momento de la jornada. En el caso de que la rotura se hubiera producido durante el partido de fútbol, la pudo haber roto cualquiera de los cuarenta chavales. Sin embargo, la jueza del Juzgado de Instrucción número 2, Simonet Quelle Coto, zanja así de rápido el asunto: “se estiman concurrentes indicios suficientes”, dice en la sentencia. Queda así “desvirtuada su presunción de inocencia”, afirma. Un mes multa a razón de una cuota diaria de ocho euros. Privación de libertad, mediante localización permanente, por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Indemnización al ayuntamiento de 278,30 euros por los daños ocasionados. Ya veis, un poco menos que el importe de cada una de las tarjetas regalo que el funcionario José Villa Cantero, implacable acusador de los chicos, se gastó en el Corte Inglés.

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